A casi siete años de la muerte de Diego Román, el niño de 12 años hallado sin vida en un descampado de Recreo en julio de 2019, este jueves se desarrollaron los alegatos finales del juicio oral que busca determinar las responsabilidades por su fallecimiento. La Fiscalía y las querellas solicitaron condenas de hasta 10 años de prisión para Iván Reyes y Norma Vega, mientras que la defensa reclamó la absolución de ambos.
El caso conmocionó a toda la región. Diego había desaparecido el 3 de julio de 2019 en el Barrio Comunal 3 de Recreo y fue encontrado sin vida al día siguiente en una zona rural cercana. Desde el inicio de la investigación se analizaron distintas hipótesis, aunque con el avance de las pericias tomó fuerza la teoría de que el menor fue atacado por una jauría de perros.
Durante los alegatos, la fiscal Ana Laura Gioria sostuvo que quedó acreditado que Diego murió como consecuencia del ataque de unos diez canes que estaban bajo la custodia de los acusados. Según la representante del Ministerio Público de la Acusación, los animales actuaron en grupo y provocaron lesiones mortales mediante mordeduras que ocasionaron una hemorragia fatal.
La Fiscalía afirmó que Reyes y Vega conocían el carácter agresivo y el potencial lesivo de los perros, ya que existían antecedentes de ataques previos a personas y animales, e incluso un episodio posterior a la muerte del niño. Además, sostuvo que incumplieron la ordenanza municipal vigente en Recreo al no contar con un cerramiento adecuado para evitar que los animales salieran del predio ni implementar otras medidas de seguridad.
Entre las pruebas destacadas por los acusadores figuran las autopsias realizadas por médicos forenses locales y del Cuerpo Médico Forense de la Nación, que concluyeron que las heridas fueron compatibles con el ataque de animales y descartaron la utilización de armas o la intervención directa de terceros. También se mencionaron estudios que detectaron correspondencia entre pelos hallados en las prendas de Diego y algunos de los perros pertenecientes a los acusados.
Por su parte, el fiscal Andrés Marchi sostuvo que ambos imputados actuaron con dolo eventual, es decir, que conocían el riesgo que representaban los animales y aun así no adoptaron medidas para evitar un desenlace fatal. En ese sentido, remarcó que sabían que Diego estaba desaparecido en inmediaciones de su propiedad durante la tarde y noche del 3 de julio de 2019 y que no realizaron ninguna acción para asegurar a los perros.
La querella, representada por las abogadas Vanina Fruttero y Lucrecia Fernández, respaldó íntegramente la postura de la Fiscalía. Durante su exposición recordaron que Diego soñaba con ser futbolista y señalaron que los vecinos de la zona conocían la peligrosidad de los perros. También remarcaron que distintas víctimas relataron durante el juicio modalidades de ataque similares a las que, según los peritos, sufrió el menor.
Fiscalía y querellas solicitaron que Reyes sea condenado a 10 años de prisión y Vega a 8 años como coautores del delito de homicidio simple con dolo eventual. De manera subsidiaria, pidieron que, si el juez no considera probado el dolo, ambos sean condenados por homicidio culposo, con penas de 5 y 4 años respectivamente.
En contraposición, el abogado defensor Néstor Pereyra sostuvo que no pudo demostrarse que los perros que causaron la muerte de Diego fueran efectivamente los animales que estaban bajo el cuidado de los acusados. También cuestionó aspectos de las pericias y planteó que existían otros perros sin control en la zona que podrían haber intervenido.
Para la defensa, la prueba presentada durante el juicio no alcanzó para acreditar la responsabilidad penal de Reyes y Vega, por lo que solicitó la absolución de ambos de todos los cargos.
Tras escuchar a las partes, el juez penal Pablo Busaniche anunció que dará a conocer su veredicto el próximo lunes 8 de junio a las 13 horas, en una resolución esperada por la familia de Diego y por toda la comunidad de Recreo, que sigue de cerca uno de los casos más conmocionantes de los últimos años en la región.







