La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia. Rechazó la apelación presentada por FESTRAM. El fallo respaldó la transferencia de los fondos retenidos al sindicato.
La Cámara de Apelación en lo Laboral confirmó la sentencia que determinó que la parte de la cuota sindical retenida a los trabajadores municipales afiliados a la ASOEM en Recreo corresponde a ese sindicato y no a la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales (FESTRAM).
El conflicto se inició luego de que la Asamblea de la Asoem resolviera, el 15 de julio de 2022, la desafiliación de FESTRAM. Hasta ese momento, una parte de la cuota sindical era transferida a la federación por la integración de la entidad a una organización de segundo grado. Tras la desafiliación, surgió la disputa sobre el destino de esos fondos.
Ante esa situación, la Municipalidad de Recreo, como agente de retención, promovió una acción judicial y depositó los importes retenidos en una cuenta judicial hasta que se resolviera cuál de las entidades tenía derecho a percibirlos.
En junio de 2025, el Juzgado de primera instancia resolvió que esos recursos debían ser transferidos a la Asoem y dispuso que, una vez firme la sentencia, los montos depositados fueran entregados al sindicato. Además, ordenó que las futuras retenciones correspondientes a ese porcentaje fueran liquidadas directamente a esa entidad. FESTRAM apeló esa decisión.
Con el nuevo fallo, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó en todos sus términos la resolución de primera instancia. También impuso las costas del proceso de segunda instancia a la federación por haber resultado vencida.
En los fundamentos de la sentencia, el tribunal sostuvo que la desafiliación decidida por la Asamblea de la Asoem produjo efectos desde el 15 de julio de 2022 y consideró que el posterior reconocimiento administrativo solo formalizó una decisión adoptada previamente por la organización sindical.
La resolución también destacó la autonomía de las organizaciones sindicales para definir su integración y señaló que las decisiones adoptadas conforme a sus mecanismos internos tienen efectos jurídicos. En ese marco, la Cámara ratificó que la cuota sindical en discusión debe ser percibida por la Asoem tras la desvinculación de FESTRAM.







